La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha condenado a dos años y tres meses de prisión a cada uno de los tres vecinos de localidades cercanas a Sevilla -M.A.B.Q., V.M.C y J.M.F.- por haber simulado un accidente de tráfico para cobrar del seguro, lo que se ha calificado como un delito de falsedad como medio para cometer otro delito de estafa procesal.
Los hombres expidieron dos declaraciones amistosas de accidente, asumiendo uno de los conductores su responsabilidad en el alcance trasero, y refiriendo que, además de daños, algunos de los ocupantes de ambos vehículos habían resultado lesionados; después, interpusieron una demanda de reclamación de daños en un Juzgado de Primera Instancia.
Las penas impuestas han sido las de un año y seis meses de prisión y multa por el delito de falsedad, y la de seis meses de prisión y multa por el delito de estafa procesal.
Los magistrados de la Audiencia manifiestan en esta sentencia la dificultad que conlleva la prueba de un hecho negativo por lo que se ha tenido que recurrir a la prueba de indicios, en virtud de la cual a partir de unos hechos indiscutiblemente ciertos y a través de un razonable proceso deductivo se llega a estimar como probados otros hechos, no directamente conocidos, en los que se basa el veredicto de culpabilidad.
La sentencia señala la transcendencia y gravedad de las conductas enjuiciadas para el tráfico mercantil, en cuanto, además del perjuicio causado a las entidades aseguradoras, puede provocar un incremento generalizado de las primas de los seguros, al incrementar de forma injustificada el aseguramiento del riesgo, así como para la propia Administración de Justicia, al inducir a error en sus resoluciones.